75º EXPOSICIÓN AGROPECUARIA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
12º FERIA ITALO-ARGENTINA HACIA EL MERCOSUR
8º FERIA DE LA REGION CENTRO
1º EXPO RONDA DE NEGOCIOS SAN FRANCISCO 2007

1. El Comité Ejecutivo de la Exposición y la Comisión Directiva de la SOCIEDAD RURAL DE SAN FRANCISCO es la máxima autoridad de la muestra, la misma podrá delegarse a terceros, teniendo como facultad exclusiva, la aplicación de este reglamento y la interpretación del mismo ante situaciones no previstas. En caso de urgencia podrán resolverlo tres miembros de la misma con el Comisario General, siendo sus resoluciones acatadas por todos como si ellas fueran insertas en él con anterioridad.

2. No hay limitación a la participación de expositores, con excepción a los rubros gastronómicos, ya que el expendio de comestibles para consumir en el Predio Ferial, tendrá un tratamiento especial.

3. Los expositores podrán efectuar ventas de sus productos, salvo aquellos que por convenio de exclusividad anterior comprometa a la organización, haciéndose responsables de cumplir con las disposiciones que establece la DGR y/o la A.F.I.P. en lo que refiere a N° de CUIT, facturas, etc.

4. Se permitirá a cada expositor como máximo 3 (tres) promotoras

5. La tarifa incluye: alquiler de los STAND, publicidad y promoción general de la muestra, vigilancia general, limpieza de espacios públicos, credenciales e invitaciones.

6. Los expositores NO podrán ceder, donar, revender, alquilar, transferir o compartir los lotes adjudicados, ni parte de los mismos. Queda prohibida la instalación de altavoces o aparatos emisores de sonidos de ninguna especie. Los televisores de los STAND deberán ajustar sus volúmenes de manera de no ser audibles desde los STAND contiguos.

7. Esta prohibido picar, agujerear, soldar, cortar, pintar, colgar o deteriorar: paredes, pisos, pavimentos, columnas, techos, paneles e instalaciones existentes.

8. Cada STAND deberá contar con un "MATAFUEGO AUTORIZADO".

9. La atención de cada STAND en horario de permanencia al público, estará a exclusivo cargo de los expositores, será de su exclusiva responsabilidad la custodia de los bienes que posean dentro de los stand o en el predio durante dicho período, daños causados por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, accidente, etc., Asimismo serán responsables de los daños que pudieren sufrir su personal.

10. El expositor será responsable de los daños de sus bienes y/o personal pudieren ocasionar a sus dependientes y/o al público en general, cualquiera fuere la causa.

11. 11. Aquel expositor que NO tenga armado su STAND antes de las 23:00 hs. del 04-10-07, dará derecho al organizador a disponer del lugar respectivo, sin derecho a reclamo de ninguna naturaleza. Se permitirá el ingreso con vehículos al Predio Ferial hasta el día 04-10-07.- De ninguna manera el expositor podrá retirarse con sus productos en forma parcial o total antes del cierre de la exposición.

12. FORMA DE PAGO: efectivo o cheque a nombre de: SOCIEDAD RURAL DE SAN FRANCISCO. Los STAND deberán estar pagos AL MOMENTO DE CIERRE DE RECEPCION DE CONTRATOS (19-09-07)

13. La recepción de los contratos se realizará hasta el día 19 DE SETIEMBRE DE 2007

14. La Comisión Directiva se reserva el derecho de admisión.

Declaramos conocer, respetar y cumplir con las disposiciones de los reglamentos, planos y precios a tal fin se firman dos ejemplares: original para el solicitante, duplicado para la organización.



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